(1859-1921) Jurisconsulto y político argentino. Ministro de Relaciones Exteriores, célebre por la doctrina que lleva su nombre y que expuso ante la Conferencia de la Paz en La Haya en 1907, donde se expresa: “la deuda pública no puede dar lugar a la intervención armada, ni mucho menos a la ocupación del suelo de las naciones americanas por parte de una potencia europea”. Su tesis sufrió algunas enmiendas, pero no dejó de estar incorporada al derecho internacional.